La Sociedad Andaluza de Enfermería de Cuidados
Críticos (SAECC) la Asociación Andaluza de Enfermeras Comunitarias (ASANEC) y la Asociación de Enfermeras de Hospitales de
Andalucía (ASENHOA) informan del resultado de la reunión mantenida el pasado 22 de Enero de 2016 en la
Consejería de Salud (Avda de la Innovación s/n. Edificio Arena 1) con la Dirección Gerencia
del SAS y la Dirección de la Estrategia de Cuidados de Andalucía a
propósito de la publicación del RD 954/2015, de 23 de octubre (BOE num 306, de 23 de diciembre).
A la mencionada reunión asistieron los representantes
de las tres sociedades y asociaciones anteriormente citadas, el Director
Gerente del SAS, la Directora y equipo de la Dirección de la Estrategia de
Cuidados de Andalucía y la Jefa de la Asesoría Jurídica
del SAS.
A petición de los representantes de ASANEC,
SAECC y ASENHOA se revisaron los fundamentos jurídicos que pudieran condicionar
las actuaciones de las enfermeras y enfermeros en Andalucía, que pudieran
orientar las estrategias de actuación en este período de
transitoriedad para la aplicación de los términos de esta norma y que pudieran
justificar la solicitud de derogación de la misma.
En la citada reunión por parte de la
representante de los servicios jurídicos del SAS se nos expone con claridad la no repercusión en Andalucía de la entrada
en vigor del RD 954/2015, de 23 de
octubre (BOE num 306, de 23 de diciembre) por el que se regula la
indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos
sanitarios de uso humano por parte de las enfermeras y enfermeros en relación a la práctica que venían
desarrollando amparadas en el Decreto 307/2009 de 21 de julio por el que se
define la actuación de las enfermeras y enfermeros en el ámbito de la
prestación farmacéutica del sistema sanitario público de Andalucía.
Asimismo se señala que no hay una
preponderancia jerárquica de ninguna de las normas por encima de la otra en
relación al legislador ya que el único factor de diferenciación es la
competencia de quien legisla sobre la materia sobre la que legisla. Y en este
caso debe señalarse que el decreto
andaluz tiene jurídicamente reconocido que no ha invadido ninguna competencia que
no tenga reconocida nuestra comunidad autónoma.
Se realiza mención al comunicado oficial de la Dirección Gerencia
del Servicio Andaluz de Salud respecto a la actuación de las enfermeras y
enfermeros en el ámbito de la prestación farmacéutica del sistema sanitario público
de Andalucía y se reitera que sin ningún lugar a duda pueden seguir realizando sus
actuaciones específicas en el ámbito de la prestación farmacéutica de acuerdo
con el Decreto autonómico, sin perjuicio de las adecuaciones que se lleven a
cabo en aplicación del RD 954/2015 cuando el mismo sea desarrollado.
Refuerzan la importancia de que Andalucía es la única comunidad
autónoma que tiene un decreto propio y anterior que regula la prescripción y que posibilita que el SAS tenga el amparo jurídico
para dar estas instrucciones.
El Decreto andaluz fue avalado por el Consejo Consultivo de
Andalucía e, inclusive, fue informado
positivamente y considerado compatible con el ordenamiento constitucional y
estatutario por el Tribunal Superior de
Andalucía tras ser solicitada su derogación por organizaciones colegiales y
sindicales de médicos y odontólogos.
Como aclaración y desde el Gabinete Jurídico de la Consejería de
Salud informan que no hay
contradicción entre el Decreto 307/2009, de 21 de julio, de la Consejería de
Salud de la
Comunidad Autónoma de Andalucía y el RD 954/2015, de 23 de octubre por lo que nuestro Decreto en Andalucía seguirá
vigente hasta tanto haya que proceder, en caso necesario, a la adaptación a
la legislación estatal y a la solicitud y obtención de las autorizaciones y
acreditaciones estatales correspondientes.
Desde la
Dirección Gerencia del SAS se señaló su compromiso con el
desarrollo competencial de las enfermeras y enfermeros del sistema sanitario
público andaluz y su adaptación al nivel académico y a las capacidades clínicas
demostradas.
Tras el intenso debate celebrado y tras tener
la oportunidad de analizar las respuestas a nuestras preguntas por parte de los
responsables directivos del SAS y de la responsable jurídica presentes en la
reunión, desde la Asociación Andaluza de Enfermeras Comunitarias
(ASANEC) Sociedad Andaluza de Enfermería de Cuidados Críticos (SAECC) y
la Asociación
de Enfermeras de Hospitales de Andalucía (ASENHOA) queremos comunicar que
nuestro posicionamiento defiende
- Que las enfermeras y
enfermeros, por nuestra formación académica y competencias clínicas
desarrolladas, estamos capacitados para
diagnosticar problemas de salud y, como consecuencia de ello, para prescribir intervenciones en el marco de
nuestra disciplina, entre las que se encuentra la prescripción de medicación y
productos sanitarios para el cuidado.
- Que para hacer efectiva esa capacidad y competencia defendemos utilizar la legislación vigente
en el entorno andaluz en toda su extensión, incluido el Decreto 307/2009
de 21 de julio dada cuenta de su vigencia y compatibilidad hoy por hoy con
el RD 954/2015.
- Que siempre entendimos el
Decreto 307/2009 en Andalucía como una política de mínimos a
la que nos vemos obligados entretanto no se produzca el demandado logro del
reconocimiento del rol enfermero en materia de prescripción en el ámbito de
nuestras competencias en posición de igualdad con médicos, odontólogos y
podólogos mediante la modificación en la Ley 29/2006 de garantías y uso
racional de los medicamentos y productos sanitarios.
- Que animamos a que las enfermeras y enfermeros andaluces no retrocedamos ni un paso en el desarrollo de la Prescripción Enfermera
y que continuemos siendo referencia de progreso en esta materia para
enfermeras y enfermeros del resto de España.
- Que hasta la fecha hemos avalado
con resultados clínicos, eficiencia y satisfacción en los ciudadanos el
papel prescriptor que el decreto andaluz nos ha posibilitado.
- Que apoyamos y aplaudimos toda iniciativa para solicitar la derogación del RD 954/2015 en
toda su extensión e incluida la obligación de formación obligatoria y necesidad
de acreditación específica, y solicitamos a la Consejería de Salud de
Andalucía se persone como parte en este mismo sentido.
- Que rechazamos cualquier
intento de parte por cercenar interesadamente el desempeño del rol enfermero en
materia de prescripción en el ámbito andaluz regulado por el Decreto 307/2009 que, insistimos, siempre
ha sido para nosotros un decreto de mínimos y previo a un desarrollo normativo
mayor que se refleje adecuadamente en el marco competencial enfermero.
Asociación
Andaluza de Enfermeras Comunitarias (ASANEC)
Sociedad Andaluza de
Enfermería de Cuidados Críticos (SAECC)
Asociación de
Enfermeras de Hospitales de Andalucía (ASENHOA).